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Norma nacional
Artículo 5
Decreto 50/2026 (current) · REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 627 A 635 DE LA LEY 20.446, RELATIVOS AL REGIMEN DE ENVIOS POSTALES INTERNACIONALES EN SUS DISTINTAS MODALIDADES
TipoDecreto
TextoVigente
Número50
Año2026
Publicación2026-03-19
Promulgación2026-03-12
Artículos20
Decreto 50/2026 (current), art. 5
Artículo 5
Valor de la mercadería.- El valor de la mercadería importada al amparo del régimen de envíos postales internacionales, será el que surja del total de la factura original de compra, incluidos todos los conceptos que figuren adicionados en la misma, cuando la naturaleza del bien y el modo de adquisición requieran ese tipo de documentación, y en los restantes casos, el que surja de la declaración de valor. En todos los casos, el envío deberá ser acompañado por la documentación que acredite el valor de la mercadería de acuerdo a lo dispuesto en el presente artículo. La Dirección Nacional de Aduanas podrá exigir a los operadores postales el envío anticipado al momento de la declaración aduanera correspondiente de documentación relacionada al envío como, por ejemplo: factura o declaración de valor.
Ver en esta norma, artículo: 18 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:50:2026
ReferenciaDecreto 50/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/50