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Norma nacional

Artículo 5

Decreto 50/2026 (current) · REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 627 A 635 DE LA LEY 20.446, RELATIVOS AL REGIMEN DE ENVIOS POSTALES INTERNACIONALES EN SUS DISTINTAS MODALIDADES

TipoDecreto
TextoVigente
Número50
Año2026
Publicación2026-03-19
Promulgación2026-03-12
Artículos20
Cita

Decreto 50/2026 (current), art. 5

Artículo

Artículo 5

Valor de la mercadería.- El valor de la mercadería importada al amparo del régimen de envíos postales internacionales, será el que surja del total de la factura original de compra, incluidos todos los conceptos que figuren adicionados en la misma, cuando la naturaleza del bien y el modo de adquisición requieran ese tipo de documentación, y en los restantes casos, el que surja de la declaración de valor. En todos los casos, el envío deberá ser acompañado por la documentación que acredite el valor de la mercadería de acuerdo a lo dispuesto en el presente artículo. La Dirección Nacional de Aduanas podrá exigir a los operadores postales el envío anticipado al momento de la declaración aduanera correspondiente de documentación relacionada al envío como, por ejemplo: factura o declaración de valor.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 18 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:50:2026
ReferenciaDecreto 50/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/50