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Norma nacional

Artículo 15

Decreto 57/2026 (current) · DETERMINACION DE LOS COMETIDOS DE LA SECRETARIA NACIONAL DE CIENCIA Y VALORIZACION DE CONOCIMIENTO

TipoDecreto
TextoVigente
Número57
Año2026
Publicación2026-04-07
Promulgación2026-03-19
Artículos28
Cita

Decreto 57/2026 (current), art. 15

Artículo

Artículo 15

El Consejo Estratégico Ministerial estará integrado de forma permanente por el Secretario de Presidencia de la República, que lo presidirá, los Ministros de Economía y Finanzas, de Industria, Energía y Minería, de Educación y Cultura, y de Ganadería, Agricultura y Pesca, y el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En caso de inasistencia, los Secretarios de Estado y el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sólo podrán ser suplidos por los correspondientes Subsecretarios o el Subdirector, respectivamente. Según la agenda de temas en consideración del Consejo, serán convocados a integrarlo los Ministros que corresponda, en virtud de sus competencias.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:57:2026
ReferenciaDecreto 57/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/57