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Norma nacional

Artículo 5

Decreto 57/2026 (current) · DETERMINACION DE LOS COMETIDOS DE LA SECRETARIA NACIONAL DE CIENCIA Y VALORIZACION DE CONOCIMIENTO

TipoDecreto
TextoVigente
Número57
Año2026
Publicación2026-04-07
Promulgación2026-03-19
Artículos28
Cita

Decreto 57/2026 (current), art. 5

Artículo

Artículo 5

El Secretario tendrá como funciones principales: A) Desarrollar todas las tareas inherentes a la administración gerencial de la Secretaría, realizando todos los actos y operaciones necesarios para dar cumplimiento a sus cometidos. B) Elaborar los planes de actividades anuales. C) Representar a la Secretaría en el país y en el exterior. D) Representar a la Secretaría ante todos los organismos relacionados con la ciencia, la tecnología y la innovación, como ser la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay, el Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología, universidades e institutos de investigación, entre otros. E) Toda otra función necesaria para el cumplimiento de los cometidos de la Secretaría.
Procedencia
ID canóniconorm:decree:current:57:2026
ReferenciaDecreto 57/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/57