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Norma nacional
Artículo 5
Decreto 70/2026 (current) · DEVOLUCION DEL IVA APLICABLE A LAS ADQUISICIONES DE GASOIL POR PARTE DE PRODUCTORES DE GANADO BOVINO Y OVINO
TipoDecreto
TextoVigente
Número70
Año2026
Publicación2026-04-16
Promulgación2026-03-27
Artículos7
Decreto 70/2026 (current), art. 5
Artículo 5
Documentación.- Para que las adquisiciones de gasoil a que refiere el artículo 1° sean computables a efectos del beneficio a que refiere el presente Decreto, será condición que las mismas se documenten por parte de las estaciones de servicio o distribuidores, en comprobantes fiscales electrónicos y en forma separada a las adquisiciones de otros productos. Autorízase el cómputo de las enajenaciones que no se encuentren documentadas en comprobantes fiscales electrónicos, en tanto los enajenantes las informen en la forma y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).
ID canóniconorm:decree:current:70:2026
ReferenciaDecreto 70/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/70