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Norma nacional
INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNO, EL OCTAVO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE, SUSCRITO CON FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 2025, POR LOS PAISES SIGNATARIOS QUE SE INDICAN
Decreto 73/2026 (current)
TipoDecreto
TextoVigente
Número73
Año2026
Publicación2026-04-20
Promulgación2026-03-27
Artículos2
Documento Actualizado
VISTO: el Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT);
RESULTANDO:
I) que según surge de la XIX Reunión de la Comisión de Seguimiento del referido Acuerdo (Comisión del Artículo 16 del ATIT), realizada en el año 2017, se acordó realizar modificaciones al texto del Anexo I Aspectos Aduaneros del ATIT; II) que las mismas fueron protocolizadas en el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), mediante la suscripción del Octavo Protocolo Adicional del ATIT, el 6 de noviembre de 2025; III) que la Secretaría General de la ALADI ha remitido copia fiel del precitado Protocolo Adicional;
CONSIDERANDO:
I) que es conveniente y oportuno internalizar las disposiciones del Octavo Protocolo Adicional del ATIT suscrito, debiendo darse difusión del mismo; II) que el referido Protocolo entrará en vigor 60 (sesenta) días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a las Partes Signatarias la recepción de la notificación de las mismas, relativa al cumplimiento de las disposiciones internas para su puesta en vigor; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 25 del artículo 168 de la Constitución de la República, al artículo 7 del Decreto N° 574/974, de 12 de julio de 1974, y al Decreto N° 663/985, de 27 de noviembre de 1985; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
ID canóniconorm:decree:current:73:2026
ReferenciaDecreto 73/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/73