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Norma nacional
Artículo 12
Decreto 8/2026 (current) · FIJACION DEL PRECIO MINIMO PARA LA UVA VARIEDAD MERLOT. COSECHA 2024
TipoDecreto
TextoVigente
Número8
Año2026
Publicación2026-01-22
Promulgación2026-01-14
Artículos13
Decreto 8/2026 (current), art. 12
Artículo 12
El incumplimiento de lo establecido en el presente Decreto se considerará infracción y el infractor será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996. También constituirá infracción la existencia de una diferencia positiva o negativa superior al 20% (veinte por ciento) entre el peso de la uva escriturado por el viticultor y el peso de la misma comprobado en el momento de su recibo en bodega el Instituto Nacional de Vitivinicultura.
ID canóniconorm:decree:current:8:2026
ReferenciaDecreto 8/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2026/8