Volver a Normas nacionales

Norma nacional

Artículo 3

Ley 20410/2025 (current) · MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS

TipoLey
TextoVigente
Número20410
Año2025
Publicación2025-07-15
Promulgación2025-07-08
Artículos25
Cita

Ley 20410/2025 (current), art. 3

Artículo

Artículo 3

(Plazos especiales de convergencia de regímenes).- En el ámbito de aplicación de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios se establecen las siguientes previsiones para la aplicación de la Ley N° 20.130, de 2 de mayo de 2023: 1) El régimen jubilatorio anterior definido en el artículo 12 de la mencionada ley comprenderá a las personas nacidas hasta el 31 de diciembre de 1969 y que configuren causal jubilatoria antes del 1° de enero de 2031, sin perjuicio de quienes accedan a la causal jubilatoria por incapacidad de acuerdo con lo previsto en la mencionada Ley N° 20.130. 2) La convergencia de regímenes definida en el artículo 13 de la ley y la regla de proporcionalidad prevista en el artículo 17 de la misma ley, serán sustituidas por las transiciones de edades y las formas de cálculo del sueldo básico jubilatorio y de la asignación de jubilación previstas en los artículos 4° a 7° de la presente ley. 3) Las disposiciones del sistema previsional común relativas al Primer Pilar (Título III de la Ley N° 20.130) se aplicarán plenamente a todas las personas que ingresen por primera vez en actividades comprendidas en el ámbito de afiliación de la Caja a partir del 1° de diciembre de 2023, cualquiera sea su edad, y a quienes configuren causal jubilatoria a partir del 1° de enero de 2039.
Notas
Ver en esta norma, artículos: 8 y 25 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:law:current:20410:2025
ReferenciaLey 20410/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/law/2025/20410