Volver a Normas nacionales

Norma nacional

Artículo 347

Ley 20446/2025 (current) · PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029

TipoLey
TextoVigente
Número20446
Año2025
Publicación2026-01-08
Promulgación2025-12-16
Artículos717
Cita

Ley 20446/2025 (current), art. 347

Artículo

Artículo 347

Reasígnase de la partida dispuesta por el artículo 340 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023, la suma de $ 7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos uruguayos), Financiación 1.1 "Rentas Generales", al programa 280 "Bienes y servicios culturales", de la unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Cultura", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", con destino a los programas que promuevan actividades culturales.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:law:current:20446:2025
ReferenciaLey 20446/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/law/2025/20446