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Norma nacional

Artículo 454

Ley 20446/2025 (current) · PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029

TipoLey
TextoVigente
Número20446
Año2025
Publicación2026-01-08
Promulgación2025-12-16
Artículos717
Cita

Ley 20446/2025 (current), art. 454

Artículo

Artículo 454

Créanse en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", programa 401 "Red de asistencia e integración social", la unidad ejecutora 011 "Instituto Nacional de Discapacidad" y el cargo de particular confianza de "Director del Instituto Nacional de Discapacidad", cuya retribución será equivalente a la de los directores de unidad ejecutora, de acuerdo a lo previsto por el inciso primero del artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Su titular será designado por el Poder Ejecutivo en mérito a sus condiciones personales, funcionales y técnicas relativas a la materia de su competencia. La erogación resultante de la creación dispuesta en el inciso primero de este artículo se financiará con la reasignación en el Grupo 0 "Servicios Personales", desde la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", programa 346 "Educación media", Proyecto 104 "Medidas de Inclusión Social", objeto del gasto 099.000 "Otras retribuciones". Toda mención efectuada a la "Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad" se entenderá realizada al "Instituto Nacional de Discapacidad", siempre que su materia esté vinculada a discapacidad.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:law:current:20446:2025
ReferenciaLey 20446/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/law/2025/20446