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Norma nacional

Artículo 528

Ley 20446/2025 (current) · PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029

TipoLey
TextoVigente
Número20446
Año2025
Publicación2026-01-08
Promulgación2025-12-16
Artículos717
Cita

Ley 20446/2025 (current), art. 528

Artículo

Artículo 528

Asígnase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440 "Atención integral de la salud", unidad ejecutora 068 "Administración de Servicios de Salud del Estado", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 098.000 "Serv. personales para uso excl. Entes Descentr. Pto. Nal." y una partida anual de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos), en el objeto del gasto 199.000 "Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores", con destino a la red de estructuras básicas de atención en salud mental en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud y el fortalecimiento de equipos de salud mental comunitarios.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:law:current:20446:2025
ReferenciaLey 20446/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/law/2025/20446