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Norma nacional

Artículo 600

Ley 20446/2025 (current) · PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029

TipoLey
TextoVigente
Número20446
Año2025
Publicación2026-01-08
Promulgación2025-12-16
Artículos717
Cita

Ley 20446/2025 (current), art. 600

Artículo

Artículo 600

Asígnanse en el Inciso 23 "Partidas a Reaplicar", programa 481 "Política de gobierno", unidad ejecutora 002 "Contaduría General de la Nación", Financiación 1.1 "Rentas Generales", con destino a incrementar en el Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública", las siguientes partidas anuales: A) $ 118.000.000 (ciento dieciocho millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a la extensión horaria de funcionarios de los escalafones F "Servicios Auxiliares" y C "Administrativo". B) $ 88.500.000 (ochenta y ocho millones quinientos mil pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a la generalización de la compensación por Docencia de Aula. C) $ 20.800.000 (veinte millones ochocientos mil pesos uruguayos) en el Grupo 2 "Servicios no Personales", para el pago de abonos de boletos a los funcionarios del interior del país de los escalafones F "Servicios Auxiliares" y C "Administrativo". Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos autorizados precedentemente a partir de la ratificación del preacuerdo alcanzado entre la Administración y las organizaciones gremiales correspondientes, con fecha 29 de agosto de 2025, en el ámbito de la negociación colectiva prevista en la Ley N° 18.508, de 26 de junio de 2009.
Notas
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
Procedencia
ID canóniconorm:law:current:20446:2025
ReferenciaLey 20446/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/law/2025/20446