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Norma nacional

DEJASE SIN EFECTO LA AUTORIZACION OTORGADA A COMUNICACION TELEVISIVA S.R.L., POR RESOLUCION 1.173/999, PARA SUMINISTRAR EL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS POR EL SISTEMA "CABLE", EN LA LOCALIDAD DE MERINOS, DEPARTAMENTO DE PAYSANDU

Resolucion 351/2025 (current)

Tiporesolution
TextoVigente
Número351
Año2025
Publicación2025-12-10
Promulgación2025-12-02
Artículos2
Leyenda
Documento Actualizado
Vistos
VISTO: que COMUNICACIÓN TELEVISIVA S.R.L., comunica el cese en la prestación del servicio de televisión para abonados a partir del 31 de marzo de 2025; RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1173/999, de 14 de diciembre de 1999, se autorizó a la citada sociedad a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema "cable", en la localidad de Merinos del departamento de Paysandú; II) que de acuerdo a lo expresado por la empresa, cuenta con solo 10 abonados, debido a que los demás ya se han suscrito a otros operadores del servicio; CONSIDERANDO: I) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), informa que en el caso no se configura perjuicio a los usuarios y consumidores en tanto se cuenta en la localidad con otros operadores del servicio de televisión para abonados; II) que de acuerdo a lo informado por el Área de Facturación de la URSEC, la empresa no mantiene deudas con la Reguladora; III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, sugiere dejar sin efecto la autorización oportunamente conferida; ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
Artículos
Artículo 1 1 Artículo 2 2
Procedencia
ID canóniconorm:resolution:current:351:2025
ReferenciaResolucion 351/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/resolution/2025/351