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Norma nacional

DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, EL CONJUNTO DE EDIFICACIONES DE LA EX FACULTAD DE VETERINARIA. MONTEVIDEO

Resolucion 17/2026 (current)

Tiporesolution
TextoVigente
Número17
Año2026
Publicación2026-02-26
Promulgación2026-02-13
Artículos6
Leyenda
Documento Actualizado
Vistos
VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura, para que sea declarado Monumento Histórico Nacional el conjunto de las edificaciones de la ex Facultad de Veterinaria, ubicadas en el padrón 432.382 de la localidad catastral Montevideo, departamento de Montevideo; RESULTANDO: I) que en el año 1908 el Estado adquirió para la Escuela de Veterinaria la quinta de los señores Ortiz de Taranco, ubicada en el llamado "Camino de Larrañaga"; II) que la sede de la ex Facultad de Veterinaria es una de las cinco primeras construidas por la Universidad de la República, junto con los edificios de las Facultades de Medicina inaugurado en el año 1908, de Agronomía inaugurado en el año 1909, de Derecho y el actual Instituto Alfredo Vázquez Acevedo (IAVA), ambos inaugurados en el año 1911; III) que el proyecto elaborado por el Arquitecto Emilio Conforte desde el Ministerio de Obras Públicas, se asemejaba al de las ciudades universitarias de Estados Unidos de Norteamérica y Europa, formado por un conjunto edilicio de ocho pabellones, con distintas funciones, ordenados alrededor de un espacio abierto diseñado como pista de hipódromo; IV) que el diseño original de los espacios exteriores, concebido para organizar espacialmente el conjunto, fue encargado al ingeniero paisajista y horticultor francés Charles Racine y respondió a las pautas del jardín francés; V) que el conjunto se encuadra cronológicamente en el período de desarrollo del Modernismo en nuestro país y posee un valor testimonial, representativo del modo de adoptar el referido estilo por los arquitectos nacionales, sin despegarse de criterios académicos -historicistas; CONSIDERANDO: I) que los edificios de Laboratorios y Clases, Anatomía y Disección y Hospital, únicos pabellones construidos, cuentan con protección patrimonial a nivel departamental, al haber sido catalogados como Bienes de interés Departamental (BID); II) que los referidos edificios forman parte del patrimonio universitario y poseen valor patrimonial relacionado con la historia del desarrollo científico - económico del país; III) que la declaratoria de Monumento Histórico Nacional comprende los pilones y portones de hierro, el pabellón de Laboratorios y Clases, el pabellón de Anatomía y Disección con las dos vagonetas y sus vías de circulación - interior y exterior del edificio -, la Casa Quinta histórica de la familia Ortiz de Taranco, las circulaciones principales del predio y las áreas verdes que rodean los edificios con su reserva natural que constituye parte representativa del "Parque Pasteur"; IV) que en mérito a las razones invocadas, se considera pertinente acceder a lo solicitado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura, y declarar Monumento Histórico Nacional el conjunto de las edificaciones de la ex Facultad de Veterinaria, ubicadas en el padrón 432.382, con el propósito de preservar los bienes que forman parte de la historia universitaria, testimonio de importantes etapas de la arquitectura nacional, y representativos del acervo histórico y cultural de la comunidad; ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 del 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/972, de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006, de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura; EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA - en ejercicio de atribuciones delegadas - RESUELVE:
Artículos
Artículo 1 1 Artículo 2 2 Artículo 3 3 Artículo 4 4 Artículo 5 5 Artículo 6 6
Procedencia
ID canóniconorm:resolution:current:17:2026
ReferenciaResolucion 17/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/resolution/2026/17