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Norma nacional
DECLARACION A LA "FIESTA DE LA PRIMAVERA" DE LA CIUDAD DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE SORIANO, COMO PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
Resolucion 52/2026 (current)
Tiporesolution
TextoVigente
Número52
Año2026
Publicación2026-04-30
Promulgación2026-04-15
Artículos5
Documento Actualizado
VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura, para declarar patrimonio cultural inmaterial a la "Fiesta de la Primavera" de la ciudad de Dolores, departamento de Soriano;
RESULTANDO:
I) que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura ha desarrollado un investigación e inventario con el objetivo de identificar los aspectos y características más relevantes de la referida fiesta, que se realiza desde 1960, por tener un fuerte arraigo en la sociedad local, habiendo trascendido las fronteras departamentales, siendo ampliamente conocida por la sociedad uruguaya e incluso en la región; II) que se trata de una celebración esencialmente comunitaria y popular, que convoca a los estudiantes, sus familias y toda la comunidad de la ciudad de Dolores, siendo la fiesta más antigua de estas características vinculada a la educación formal pública; III) que se ha consolidado como un espacio de organización comunitaria intergeneracional, en donde se promueven valores como el trabajo en equipo, la cooperación, la creatividad y la transmisión de saberes; IV) que ha demostrado ser un ámbito de resiliencia frente a crisis económicas y climáticas que ha sufrido la ciudad, momentos en los que la fiesta resultó ser el impulso para seguir adelante como comunidad a pesar de las dificultades;
CONSIDERANDO:
I) que, en el marco de la "Convención de Patrimonio Cultural Inmaterial de UNESCO", ratificada por la República Oriental del Uruguay por la Ley N° 18.035, de 20 de octubre de 2006, corresponde salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial, promover e impulsar su reconocimiento y la sensibilización social del mencionado patrimonio; II) que es innegable la fuerte interdependencia entre el patrimonio cultural inmaterial y el patrimonio material cultural y natural; III) que es necesario incorporar criterios para la salvaguarda de este tipo de patrimonios en las políticas públicas, así como tener planes y actuaciones del Estado que incidan en su preservación; ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 18.035, de 20 de octubre de 2006, la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, el Decreto N° 536/72 de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006, de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura; EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA - en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
ID canóniconorm:resolution:current:52:2026
ReferenciaResolucion 52/2026 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/resolution/2026/52