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Norma nacional
REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 74 Y 75 DE LA LEY 20.212, RELATIVOS A LA PROMOCION DE PROYECTOS INNOVADORES, EN ESPECIAL EN EL AREA DE USO DE DATOS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Decreto 276/2025 (current)
TipoDecreto
TextoVigente
Número276
Año2025
Publicación2025-12-10
Promulgación2025-12-02
Artículos18
Documento Actualizado
VISTO: lo establecido por el artículo 75 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;
RESULTANDO:
I) que el artículo citado en el Visto dispone la promoción de los entornos controlados de prueba con el objetivo de poner en práctica proyectos tecnológicos de innovación en ámbitos definidos con entidades interesadas; II) que, de conformidad con el referido artículo, corresponde a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) la propuesta de reglamentación de los citados entornos;
CONSIDERANDO:
I) que, la democratización de la inteligencia artificial y el uso de datos en forma responsable permite explorar nuevos desarrollos tecnológicos innovadores, tanto en el sector público como en el privado; II) que, la innovación debe acompasarse de garantías para las personas, representadas en el cumplimiento de principios como el de equidad, no discriminación, responsabilidad, rendición de cuentas, transparencia, auditoría e innovación segura, y los principios de la protección de datos personales, respetando la dignidad humana, el sistema democrático y la forma republicana de gobierno; III) que, el artículo 74 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023, prevé la consideración del desarrollo ético, la protección de los derechos humanos y el fomento de la innovación tecnológica como criterios orientadores de una eventual futura regulación en materia de inteligencia artificial; IV) que, en la elaboración de la presente reglamentación se tuvieron en cuenta, además de los principios y criterios citados, antecedentes internacionales y regionales en la materia, y un enfoque multisectorial que considerara perspectivas de distintos actores de la sociedad en el funcionamiento de los mecanismos previstos; ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en las disposiciones normativas citadas; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA -actuando en Consejo de Ministros- DECRETA
Artículo 1
Artículo 1
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 4
Artículo 4
Artículo 5
Artículo 5
Artículo 6
Artículo 6
Artículo 7
Artículo 7
Artículo 8
Artículo 8
Artículo 9
Artículo 9
Artículo 10
Artículo 10
Artículo 11
Artículo 11
Artículo 12
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Artículo 13
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Artículo 14
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 17
Artículo 18
Artículo 18
ID canóniconorm:decree:current:276:2025
ReferenciaDecreto 276/2025 (current)
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/normas/decree/2025/276