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20 casos
Tribunal Apelaciones Civil 3ºTº2026-04-17Sent. 112/2026DERECHO CIVILIUE 2-100550/2025 DEFINITIVAMEDIA

La sentencia de primera instancia condenó al Ministerio de Salud Pública a proporcionar a la accionante, de 46 años de edad, portadora de LEUCEMIA AGUDA MIELOBLASTICA; el medicamento MIDOSTAURINA, conforme las indicaciones que formule su médico tratante y durante todo el tiempo que éste lo indique. Contra la misma el MSP interpuso recurso de apelación, agraviándose en que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo. El Tribunal confirma la sentencia impugnada, entendiendo que los agravios no son de recibo.

Tribunal Apelaciones Civil 3ºTº2026-04-17Sent. 110/2026DERECHO CIVILIUE 2-112939/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal procedió a revocar parcialmente la sentencia impugnada en cuanto desestimó la demanda contra el FNR y en su lugar condena también al FNR (conjuntamente con el MSP , quien fue condenado en primera instancia) a suministrar a la actora (quien padece cáncer gástrico) el fármaco NIVOLUMAB de acuerdo a las indicaciones de su médico tratante y durante el plazo que éste lo indique, en un plazo de 24 horas. La Sala entiende que corresponde condenar al FNR por cuanto el medicamento solicitado se encuentra incorporado al FTM y ha sido indicado por el médico tratante que entendió que esa era la mejor alternativa terapéutica para la paciente. Asimismo se mantiene la condena al MSP en virtud de que obra con ilegitimidad manifiesta al negar la prestación solicitada, vulnerando los derechos constitucionales de la actora en cuanto a su deber de cuidar su salud, derecho a la vida y a una vida digna.

Tribunal Apelaciones Civil 4ºTº2026-04-17Sent. 125/2026DERECHO CIVILIUE 2-102117/2025 DEFINITIVAMEDIA

La sentencia de primera instancia condenó al Ministerio de Salud Pública y al Fondo Nacional a suministrar al actor, de 75 años de edad, quien padece de MIELOMA MÚLTIPLE; el medicamento POMALIDOMIDA de acuerdo a las indicaciones que formule su equipo médico tratante. Contra la misma el MSP interpuso recurso de apelación, agraviándose en que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo. El FNR afirma que carece de legitimación pasiva, atento a que el medicamento solicitado no se encuentra incluido en el FTM bajo su cobertura. El Tribunal confirma la sentencia impugnada, salvo en cuanto condena al FNR.

Tribunal Apelaciones Civil 4ºTº2026-04-17Sent. 126/2026DERECHO CIVILIUE 2-114438/2025 DEFINITIVAMEDIA

La sentencia de primera instancia condenó al Ministerio de Salud Pública a suministrar a la accionante, de 63 años de edad, portadora de Ataxia Cerebelosa Inmunomediada Anti GAD; el fármaco RITUXIMAB en plazo de 24 horas y de acuerdo a las indicaciones de su médico tratante y durante todo el tiempo que éste lo indique. Contra la misma el MSP interpuso recurso de apelación, agraviándose en que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo. El Tribunal la sentencia impugnada, entendiendo que los agravios no son de recibo.

Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº2026-04-17Sent. 109/2026DERECHO CIVILIUE 2-98779/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal confirmó la sentencia definitiva apelada por la cual se amparó la falta de legitimación pasiva del FNR, absolviendo a dicha institución del reclamo promovido en autos; y se condenó al MSP a suministrar a la actora (portadora de CÁNCER DE MAMA RE+, RP+, HER2NEU+) el medicamento denominado “PALBOCICLIB” en el término de 24 horas, de acuerdo a las indicaciones del equipo médico tratante y por el tiempo que este lo determine. La ilegitimidad manifiesta resulta a entender del Ministro Dr. Edgardo Ettlin cuando se deniega a la paciente el medicamento que, según la prueba aportada, resulta claramente beneficioso para su enfermedad, so pretexto de la aplicación de normas legales o aún reglamentarias pero olvida la aplicación de normas de rango superior, que integran el Bloque de Constitucionalidad, y que son autoejecutables; para la Ministra Dra. Ma. Cristina Cabrera, la misma se produce por la violación el principio de igualdad consagrado en el Art. 8 de la Constitución, mientras que para la Ministra Dra. Loreley Pera la ilegitimidad se verifica porque existen razones de urgencia y no hay otros medios judiciales o administrativos que permitan a la actora obtener el mismo resultado que con el amparo.

Tribunal Apelaciones Familia 3 T2026-04-17Sent. 353/2026DERECHO DE FAMILIAIUE 591-111/2026 INTERLOCUTORIAMEDIA

El Tribunal confirma las medidas cautelares adoptadas en primera instancia, la Sede A quo adoptó las medidas cautelares adecuadas a fin de enervar las situaciones de violencia vividas por la víctima.

Tribunal Apelaciones Civil 2ºTº2026-04-17Sent. 128/2026DERECHO CIVILIUE 2-96021/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal confirmó la sentencia definitiva apelada por la cual se amparó la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el FNR y se condenó al MSP a suministrar a la parte actora (diagnosticada con carcinoma ductal) el fármaco RIBOCICLIB (“Kisqali”) en el plazo de veinticuatro horas el medicamento solicitado por el tiempo y condiciones indicadas por el equipo médico tratante.- La Sala entiende que la negativa del MSP a su cobertura y su no inclusión en el FTM, importan por sí mismas ilegitimidad manifiesta por afectación al derecho constitucional a la salud.

Tribunal Apelaciones Civil 4ºTº2026-04-17Sent. 127/2026DERECHO CIVILIUE 2-117697/2025 DEFINITIVAMEDIA

La sentencia de primera instancia condenó al Ministerio de Salud Pública a suministrar a la accionante, quien padece de cáncer de pulmón; el fármaco ATEZOLIZUMAB en plazo de 24 horas y de acuerdo a las indicaciones de su médico tratante y durante todo el tiempo que éste lo indique. Contra la misma el MSP interpuso recurso de apelación, agraviándose en que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo. El Tribunal la sentencia impugnada, entendiendo que los agravios no son de recibo.

Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº2026-04-17Sent. 107/2026DERECHO CIVILIUE 2-117153/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal confirmó la sentencia definitiva apelada por la cual se desestimó la demanda respecto al FNR por falta de legitimación pasiva sustancial; y se condenó al MSP a suministrar o financiar el medicamento PEMBROLIZUMAB a la actora (portadora de CÁNCER DE MAMA TRIPLE NEGATIVO), en plazo máximo de 24 horas, conforme a las indicaciones de su médica tratante, y por el plazo que esta indique. La ilegitimidad manifiesta resulta a entender del Ministro Dr. Edgardo Ettlin cuando se deniega a la paciente el medicamento que, según la prueba aportada, resulta claramente beneficioso para su enfermedad, so pretexto de la aplicación de normas legales o aún reglamentarias pero olvida la aplicación de normas de rango superior, que integran el Bloque de Constitucionalidad, y que son autoejecutables; para la Ministra Dra. Ma. Cristina Cabrera, la misma se produce por la violación el principio de igualdad consagrado en el Art. 8 de la Constitución, mientras que para la Ministra Dra. Loreley Pera la ilegitimidad se verifica porque existen razones de urgencia y no hay otros medios judiciales o administrativos que permitan a la actora obtener el mismo resultado que con el amparo.

Tribunal Apelaciones Civil 7ºTº2026-04-17Sent. 105/2026DERECHO CIVILIUE 2-104776/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal acogió los agravios del recurrente y revocó la sentencia apelada por la cual se condenó al MSP a proporcionar o suministrar al actor el dispositivo TAVI más su procedimiento; y en su lugar dispuso desestimar la demanda a su respecto. La decisión adoptada por la Sala se debe a la falta de legitimación pasiva de dicho Ministerio.

Tribunal Apelaciones Civil 5ºTº2026-04-17Sent. 147/2026DERECHO CIVIL DEFINITIVAALTA

El Tribunal confirmó la sentencia definitiva apelada por la cual se desestimó la demanda promovida contra el FNR y se condenó al MSP a suministrar al actor (portador de LINFOMA NO HODGKIN DIFUSO A GRANDES CÉLULAS B) los medicamentos GLOFITAMAB, TOCILIZUMAB y OBINUTUZUMAB en la forma indicada por su médico tratante y por el lapso que éste lo requiera para su efectivo tratamiento, en el plazo de 24 horas hábiles a contar desde que el mismo presente la receta médica correspondiente. La decisión adoptada se debe a que la negativa del MSP basada en argumentos formalistas, teniendo presente la situación particular del accionante y lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia respecto a la inconstitucionalidad planteada, constituyen un obrar manifiestamente ilegítimo.

Tribunal Apelaciones Civil 2ºTº2026-04-17Sent. 133/2026DERECHO PROCESALIUE 318 INTERLOCUTORIAMEDIA

La Sala, por unanimidad de sus integrantes procedió a declarar inadmisible el recurso de queja planteado en autos, por resultar extemporáneo. Ello en virtud de que conforme la previsión del art. 92 del CGP, salvo disposición en contrario, los plazos señalados a las partes para realizar los actos procesales son perentorios e improrrogables.

Tribunal Apelaciones Civil 2ºTº2026-04-17Sent. 125/2026DERECHO CIVILIUE 2 - 96015/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal procedió a revocar parcialmente la sentencia de primera instancia sólo en cuanto no hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el FNR, desestimando la acción promovida a su respecto; y mantuvo la condena impuesta al MSP a suministrarle al actor (portador de Linfoma no Hodgkin) el medicamento RITUXIMAB por el tiempo que sea necesario conforme indicación de su médica tratante, en plazo de 2 días hábiles. La Sala considera que no encontrándose dentro de la cobertura a la que el FNR está legal y reglamentariamente obligado el suministro del fármaco reclamado en autos, cabe concluir que el mismo carece de legitimación pasiva en este proceso. En cambio la negativa del MSP comporta por sí sola una manifiesta ilegitimidad por afectación de su derecho constitucional a la salud, a la asistencia sanitaria integral y de calidad.

Tribunal Apelaciones Civil 4ºTº2026-04-17Sent. 129/2026DERECHO CIVILIUE 2-96019/2025 DEFINITIVAMEDIA

La sentencia de primera instancia condenó al Ministerio de Salud Pública condenó al Ministerio de Salud Pública a suministrar al accionante, de 63 años de edad, quien padece cáncer gástrico; el medicamento TRIFLURIDINA-TIPIRACILO (TAS 102) en el plazo de 24 horas conforme a las indicaciones de su médico tratante. Contra la misma el MSP interpuso recurso de apelación, agraviándose en que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo. El Tribunal la sentencia impugnada, entendiendo que los agravios no son de recibo.

Tribunal Apelaciones Familia 3 T2026-04-17Sent. 58/2026DERECHO DE FAMILIAIUE 2-31319/2025 DEFINITIVAMEDIA

El Tribunal confirmó la sentencia definitiva apelada por la cual se fijó una pensión alimenticia definitiva a servir por el demandado a la actora del 10% de sus ingresos mensuales líquidos (nominales menos descuentos legales). La Sala entendió que no se controvirtió la existencia de la relación concubinaria entre las partes y que que ha resultado acreditado en autos que la actora requiere de los auxilios pretendidos para su subsistencia; siendo el monto fijado racional y proporcional a los ingresos del demandado y a las necesidades de la actora.